Clasificación de los Contratos.
· Contrato Unilateral (Art. 1134): El contrato es unilateral, cuando una sola de las partes se obliga, y no existen obligaciones recíprocas. Por Ejemplo tenemos un préstamo o una donación.
· Contrato Bilateral (Art. 1134): El contrato es bilateral, cuando se obligan recíprocamente las partes. Por Ejemplo tenemos una Compra-Venta.
· Contrato Oneroso (Art. 1135): El contrato es a titulo oneroso, cuando cada una de las partes trata de procurarse una ventaja mediante un equivalente.
· Contrato Aleatorio (Art. 1136): El contrato es aleatorio, cuando para ambos contratantes o para uno de ellos, la ventaja depende de un hecho casual.
· Contrato Bilateral (Art. 1134): El contrato es bilateral, cuando se obligan recíprocamente las partes. Por Ejemplo tenemos una Compra-Venta.
· Contrato Oneroso (Art. 1135): El contrato es a titulo oneroso, cuando cada una de las partes trata de procurarse una ventaja mediante un equivalente.
· Contrato Aleatorio (Art. 1136): El contrato es aleatorio, cuando para ambos contratantes o para uno de ellos, la ventaja depende de un hecho casual.
excelente material de apoyo academico
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